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	<title>No hi ha dret(s) &#187; eta</title>
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		<title>Euskadi: una agenda para la paz</title>
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		<pubDate>Fri, 18 Feb 2011 10:00:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>nohihadret</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Muchos miles de personas, como hacía tiempo que no se veia en la Comunidad Autónoma Vasca, salieron a la calle el 19 de febrero para pedir la legalización de Sortu, el nuevo partido de la izquierda abertzale. Este artículo que a continuación se reproduce fue escrito antes de esta impresionante movilización de la población vasca. [&#8230;]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.nohihadret.cat/wp-content/uploads/2011/02/tumblr_kxuxa1acVE1qay9hdo1_500.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-236" title="tumblr_kxuxa1acVE1qay9hdo1_500" src="http://www.nohihadret.cat/wp-content/uploads/2011/02/tumblr_kxuxa1acVE1qay9hdo1_500-251x300.jpg" alt="" width="251" height="300" /></a>Muchos miles de personas, como hacía tiempo que no se veia en la Comunidad Autónoma Vasca, salieron a la calle el 19 de febrero para pedir la legalización de Sortu, el nuevo partido de la izquierda abertzale. Este artículo que a continuación se reproduce fue escrito antes de esta impresionante movilización de la población vasca.</p>
<p>El rechazo explícito de la violencia, incluida la de ETA, por parte de la izquierda abertzale, ha abierto un escenario inédito en Euskadi y en el resto del Estado. La reacción del gobierno ha oscilado entre la satisfacción moderada y la parálisis. Siempre con el ojo puesto en una oposición  más preocupada en mantener la baza electoral de la &#8216;firmeza antiterrorista&#8217; que en allanar el camino a la paz. Lo cierto, en todo caso, es que la nueva toma de posición va mucho más allá de lo esperado. No sólo eso. Debería verse como un movimiento histórico, de mayor trascendencia que cualquier comunicado de ETA, que interpela al gobierno y a todos los que apuestan por asegurar el ejercicio democrático de los derechos de todos.</p>
<p>¿Se habría llegado antes a este punto de no existir la ley de partidos? ¿O sin la panoplia de instrumentos normativos y judiciales que, de manera más o menos arbitraria, han dejado fuera de juego a todo lo que se ha considerado &#8220;entorno de ETA&#8221;? Es difícil conjeturarlo. Pero hay algo seguro. Las políticas de excepción aplicadas contra la izquierda abertzale, sumadas a la errática deriva de la organización armada, habían generado una situación insoportable. Para sus bases, desde luego. Pero también para muchos actores externos crecientemente preocupados por el recorte de libertades emprendido en nombre de la lucha contra la violencia terrorista.</p>
<p>No se está, pues, ante un acceso súbito de virtuosismo político. El alto al fuego &#8220;permanente, general y verificable&#8221; anunciado por ETA no hubiera sido posible sin la Declaración de Bruselas impulsada por Brian Currin y por diferentes expertos internacionales en la resolución de conflictos. Tampoco la apuesta de la izquierda abertzale por vías exclusivamente políticas puede reducirse a un simple episodio coyuntural. Tiene su origen en Declaraciones y Acuerdos como los de Anoeta (2004), Alsasua (2009) o Guernica (2010). Y es el resultado de un proceso largo, que ha incluido un profundo debate interno así como la interacción con abanico amplio y plural de organizaciones vascas -de Eusko Alkartasuna a Lokarri, ELA o LAB- e incluso de territorios como Catalunya o Madrid.</p>
<p>Contemplados con esta perspectiva de mediano plazo, los estatutos de Sortu no deberían sorprender tanto. Reflejan, sí, una revisión importante de la propia cultura política. Pero se trata de una decisión meditada, hija también de la necesidad de dar a una política ad hoc, de excepción, una respuesta igualmente excepcional. Sólo así se explican algunos de los pasos dados. Desde el rechazo sin ambages de la violencia de ETA a la alusión al reconocimiento y reparación de todas las víctimas, en consonancia con los principios de Mitchell que inspiraron el proceso de paz irlandés, pasando por la incorporación de previsiones como la expulsión de los afiliados que incumplan la ley de partidos o participen en actos violentos.</p>
<p>Algunos, como el ex-fiscal José María Mena, han visto con claridad el salto adelante y han calificado los nuevos estatutos de más &#8220;impecables&#8221; que los de cualquier otro partido hoy legal. Otros, como el Partido Popular, han insistido mecánicamente en la falta de sinceridad y en la insuficiencia del gesto y han amenazado con romper el gobierno vasco si la nueva formación no se ilegaliza de manera fulminante. Esta actitud mueve a la perplejidad ¿Qué ocurriría, en efecto, si esta severa política de la sospecha se aplicara a su propio partido, que en un abrir y cerrar de ojos reconvirtió sin pudor a reputados miembros del aparato franquista en &#8220;demócratas de toda la vida&#8221;? ¿Cómo puede exigir condenas sin paliativos de todo tipo de violencia quien se niega a censurar al franquismo y a retirar sus símbolos, o quien la azuza sin miramientos contra la población inmigrante, como se vio en la reciente campaña catalana?</p>
<p>En su sentencia de 2007 sobre Abertzale Sozialisten Batasuna (ASB), el Tribunal Supremo estableció un criterio claro: para que un nuevo partido de la izquierda abertzale no fuera considerado &#8220;continuación de otros ilegales y disueltos&#8221; debía exhibir, a modo de contraindicio, &#8220;una actitud de condena o rechazo del terrorismo&#8221;, y en concreto, &#8220;de una determinada manifestación de violencia, la llevada a cabo por la organización ETA&#8221;. Jurídicamente, la exigencia es discutible. Lo que es innegable es que los estatutos de Sortu se ajustan escrupulosamente a ella. Desconocerlo, a estas alturas, supondría poner en entredicho el propio alcance que el marco constitucional español atribuye al principio democrático y al pluralismo político. Ciertamente, los promotores de la nueva organización podrían haber ido más allá en el reconocimiento específico de las víctimas de ETA. Pero el desarrollo de una política del perdón es una exigencia moral, no jurídica, cuya concreción también depende de la existencia de vías políticas que la faciliten.</p>
<p>En realidad, la iniciativa de la izquierda abertzale y de quienes la han acompañado en este proceso ha sido lo suficientemente valiente como para emplazar a los poderes públicos a dar sus propios pasos a favor de la paz. Estos pasos deberían apuntar en una dirección clara. En primer lugar, el reconocimiento de un papel específico a los veedores internacionales, permitiéndoles comprobar que efectivamente el alto el fuego es definitivo. En segundo lugar, el progresivo desmantelamiento de todo el entramado de medidas de excepcionalidad –muchas de ellas condenadas por la ONU y otras instancias internacionales- que han condicionado el ejercicio de los derechos civiles y políticos de miles de ciudadanas y ciudadanos vascos a lo largo de estos años.</p>
<p>Para ello sería imprescindible que se abandonaran interpretaciones judiciales alambicadas puestas al servicio de fines ajenos al paradigma garantista. Así, por ejemplo, la llamada &#8216;doctrina Parot&#8217; del Tribunal Supremo, pergeñada con el propósito de evitar la resocialización de los presos y calificada como un &#8220;insólito e insostenible giro interpretativo de la ley&#8221; por un magistrado discrepante del propio Tribunal. O la aplicación extensiva de los conceptos de terrorismo o de apología del terrorismo, utilizados de manera retorcida en Sumario 18/98 o más recientemente, para impedir de manera arbitraria la libertad provisional de actores centrales en el nuevo proceso de paz como Arnaldo Otegi.</p>
<p>La apuesta por interpretaciones garantistas, ajustadas a derecho, no debería verse como ningún salto al vacío. Ya en procesos como los de Egunkaria o Uldalbitza, la Sección Primera de la Audiencia Nacional puso las cosas en su sitio absolviendo a los procesados y recordando, en un guiño volteriano, que en &#8220;un estado democrático deben quedar fuera del ámbito penal la acción política y las opiniones y manifestaciones ideológicas, gusten o no, sean compartidas o no […] incluso cuando repugnen a la inmensa mayoría, como ocurre con el silencio o la falta de condena de los atentados terroristas&#8221;. También la reciente nulidad del juicio contra Otegi por falta de imparcialidad del Tribunal que lo condenó apunta en la misma dirección.</p>
<p>En el ámbito penitenciario, debería ponerse fin, asimismo, a una política de aislamiento y dispersión de presos que, además de ser discriminatoria, ha acabado por criminalizar a los propios familiares. Esto es especialmente relevante si se tiene en cuenta que el Relator Especial contra la Tortura de la ONU, Manfred Nowak, ha vuelto a insistir en su último informe que la actual legislación española en materia de lucha contra el terrorismo &#8220;vulnera las salvaguardas de un Estado de derecho contra los malos tratos y los actos de tortura&#8221;. Otras medidas humanitarias, como la excarcelación de aquellos presos que sufren graves enfermedades o la concesión de la libertad provisional de los que han cumplido los requisitos legales para obtenerla, deberían asumirse como una exigencia garantista y no como un privilegio otorgado &#8220;a quienes no merecen nada&#8221;. El objetivo final, en el fondo, debería ser la paulatina supresión del actual sistema dual de presos &#8220;políticos&#8221; y &#8220;comunes&#8221; y la articulación, sencillamente, de los mecanismos previstos en la ley para un trato más digno y sin agravios de todos.</p>
<p>En el ámbito legislativo, por fin, sería fundamental preparar una agenda para el diálogo que incluyera la recuperación de la legislación penal y administrativa ordinarias en materias como el derecho de asociación, la participación política o la libertad de expresión. Pero no solo eso. Deberían revisarse, como también exige la ONU, normas sustantivas y procesales que han generado una específico &#8220;derecho penal del enemigo&#8221; que ninguna sociedad pluralista debería admitir. Así, por ejemplo, las que contemplan delitos de contornos vaporosos, utilizados para cerrar periódicos o para dotar de relevancia penal a simples opiniones políticas. O las normas procesales que han prolongado el período de detención incomunicada o el límite máximo de cumplimiento de las penas de 30 a 40 años, lo que supone una encubierta introducción de la pena perpetua en el ordenamiento jurídico español.</p>
<p>Nada de esto, es verdad, puede conseguirse de la noche a la mañana. Sería imperdonable, empero, que los cálculos electorales de corto plazo o la falta de coraje político acabaran por frustrar la oportunidad de dejar atrás una situación de anomalía que se ha vuelto intolerable, no sólo para la izquierda abertzale, sino para muchos ciudadanos del resto del Estado. Y es que con ello no sólo se pondría en riesgo la consecución de una paz definitiva en Euskadi. También se daría carta de naturalidad a unas medidas de excepción que, a la larga, sólo pueden emponzoñar la vida política y social, socavando los fundamentos sobre los que asegura sostenerse el Estado de derecho.</p>
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		<title>la &#8220;lógica de guerra&#8221; y el macroproceso 18/98</title>
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		<pubDate>Sat, 05 Jan 2008 23:45:19 +0000</pubDate>
		<dc:creator>nohihadret</dc:creator>
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				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.nohihadret.cat/wp-content/uploads/2008/01/etaaa.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-174" title="etaaa" src="http://www.nohihadret.cat/wp-content/uploads/2008/01/etaaa-252x300.jpg" alt="" width="252" height="300" /></a>Las reacciones mayoritarias ante la sentencia de la Audiencia Nacional en el Sumario 18/98 son una prueba del impacto que la fiebre antiterrorista puede generar en el sentido crítico de una sociedad. Ni en los momentos de máxima violencia de ETA, en los años setenta y ochenta, se había consentido de manera tan laxa la restricción de libertades políticas y civiles en nombre de la “lucha contra el terrorismo”. Ahora, en cambio, una mayoría de la ciudadanía, e incluso de los intelectuales <em>progresistas,</em> ha asumido con indiferencia, cuando no con entusiasmo, los estropicios legislativos, judiciales o policiales perpetrados contra la izquierda <em>abertzale</em> y, de modo más general, contra todo lo que pueda oler a independentismo o nacionalismo periférico. ¿A qué atribuir este desplazamiento en el <em>sentido común</em> dominante?</p>
<p>Un factor no menor es sin duda el nuevo escenario abierto tras los atentados del 11-S en Estados Unidos. Desde entonces, la “lucha contra el terrorismo” se ha convertido, a un lado y otro del Atlántico, en una consigna global bajo cuyos auspicios se han acometido operaciones de otro modo difícilmente justificables: desde la movilización patriótica y la neutralización de la disidencia política hasta la restricción de derechos y los ataques militares.</p>
<p>Esta <em>lógica de guerra,</em> que convierte al terrorista, y eventualmente al adversario político, en <em>enemigo</em> del orden y la seguridad públicos es la que ha presidido, en Estados Unidos, la aprobación de normas como la <em>Patriot Act</em> o la normalización progresiva de la barbarie que comporta <em>Guantánamo.</em> Y es la que ha llevado, también en Europa, a la proliferación contumaz de nuevos instrumentos de <em>lucha conjunta</em> contra un fenómeno terrorista cuyos contornos a veces resultan excesivamente vagos.</p>
<p>No es extraño, en ese sentido, que el giro adoptado por la política anti-terrorista en el ámbito español haya obtenido un beneplácito, interno y exterior, impensable hace una década. Entonces, los intentos gubernamentales para disolver HB generaron un amplio rechazo tanto en Europa como dentro del Estado y no encontraron eco alguno en los tribunales de justicia. En una sentencia de 1995, el Tribunal Constitucional dejó sentado que “la manifestación pública, en términos de elogio o exaltación, de un apoyo o solidaridad moral o ideológica con determinadas acciones delictivas no puede ser confundida con tales actividades” (STC 42/95). Y hasta Pedro J. Ramírez, como se recordaba en las páginas de <em>Público</em> (02/12/07), firmó en 1998 un editorial en el que, a propósito del cierre de <em>Egin,</em> señalaba con tono solemne que sólo “delinquen las personas, no las rotativas”.</p>
<p>Después del 11-S, sin embargo, el mundo dejó de ser el mismo. Para los sectores más reaccionarios el maleable concepto de <em>terrorismo</em> se convirtió en fuente de legitimación de sus embates contra la disidencia política y social. Lo peor es que buena parte de la izquierda a menudo fue a remolque de esta estrategia. Sólo así puede explicarse, en el caso español, la clamorosa complacencia del PSOE frente a la Ley de Partidos y a otras iniciativas <em>anti-terroristas</em> exigidas por la derecha como acto de “lealtad a España”.</p>
<p>A partir de entonces, la pendiente resbaladiza del recorte de libertades civiles y políticas quedó expedita. Se cerraron periódicos, se prohibieron agrupaciones electorales, manifestaciones o reuniones, se introdujeron nuevos delitos de opinión en el Código Penal y hasta se amenazó con encarcelar al <em>lehendakari</em> por convocar una consulta sobre el propio autogobierno.</p>
<p>En un contexto así, el kafkiano laberinto del que forma parte el macroproceso 18/98 no puede considerarse un episodio aislado. Pensar que resulta suficiente que una acción política o social se considere “ayuda” a los “fines” de ETA para que pueda tratarse como un delito de terrorismo es adentrarse en un peligroso camino en el que se difuminan las fronteras entre el disidente y el <em>enemigo de la patria,</em> el inocente y el culpable. Es más, si todo lo que suene a independentismo, a nacionalismo periférico o, simplemente, no comulgue con los lugares comunes del nacionalismo español está destinado a ser “entorno de ETA”, o peor, parte de sus “entrañas”, la lógica de guerra está servida. Lo que se impulsará, inevitablemente, será un <em>Derecho Penal de autor</em> inspirado en una antigua y nunca apagada tentación totalitaria: la idea de que debe castigarse no <em>por lo que se ha hecho</em> sino <em>por lo que se es</em> o, incluso, <em>por lo que se supone que se es.</em> El enjuiciamiento de algunos miembros de la Fundación Zumalabe, con una reconocida trayectoria contraria a ETA y a favor de la no violencia, da cuerpo precisamente a esta última posibilidad: se puede ser terrorista sin saberlo o colaborador de ETA sin siquiera ser <em>abertzale.</em></p>
<p>Un Estado de derecho digno de ese nombre no puede permitirse esta renuncia. La persecución de personas u organizaciones que, sin recurrir a la violencia, cuestionan aspectos esenciales del orden constitucional no constituyen simples <em>daños colaterales</em> de la lucha antiterrorista sino más bien una seria derrota del Estado de derecho y una victoria del terrorismo. Contemplada como una pieza más del escenario antigarantista instalado tras el 11-S, la sentencia del macrosumario 18/98 viene a despertar los fantasmas evocados por el viejo poema de Niemöler: primero les tocó a unos, luego a los otros, y después a mí, pero ya era tarde. Ojalá que la advertencia alcance también a quienes hoy aplauden o simplemente miran hacia otro lado.</p>
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