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	<title>No hi ha dret(s) &#187; llibertat d&#8217;expressió</title>
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	<description>Garantisme en temps d&#039;excepció</description>
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		<title>El decretazo digital, ensayo de un acuerdo de progreso</title>
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		<pubDate>Sun, 17 Mar 2019 09:49:19 +0000</pubDate>
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				<category><![CDATA[Articles a Eldiario.es]]></category>
		<category><![CDATA[democràcia]]></category>
		<category><![CDATA[drets]]></category>
		<category><![CDATA[llibertat d'expressió]]></category>

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		<description><![CDATA[La semana pasada el Gobierno del PSOE tuvo que apoyarse en los votos del PP y Cs para sacar adelante el llamado &#8220;decretazo digital&#8221;. Su convalidación en el Congreso era el último paso para la aprobación definitiva de un texto que entró en vigor en plena precampaña electoral. Se trataba de una norma sin precedentes [&#8230;]]]></description>
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<p>La semana pasada el Gobierno del PSOE tuvo que apoyarse en los votos del PP y Cs para sacar adelante el llamado &#8220;decretazo digital&#8221;. Su convalidación en el Congreso era el último paso para la aprobación definitiva de un texto que entró en vigor en plena precampaña electoral. Se trataba de una norma sin precedentes en la democracia española que fue concebida, entre otras cosas, para frustrar la llamada &#8220;república digital catalana&#8221;.</p>
<p>Los defensores de la medida señalaban que la norma era eficaz para evitar las actividades de desinformación, como las denominadasfake news, el robo de datos personales, el hackeo de dispositivos móviles, los ciberataques contra infraestructuras críticas o el uso indebido del censo o los datos fiscales de los ciudadanos. Los detractores, en cambio, aseguraban que la norma afectaba a los derechos fundamentales de los ciudadanos. Para ellos, estábamos ante una ley mordaza digital con visos de inconstitucionalidad. Hasta ahora el Ejecutivo tenía el poder de cerrar páginas web ante la sospecha de posibles delitos (como de propiedad intelectual) pero siempre con orden judicial de por medio. Con el Decreto Ley, el Gobierno pasaba a poder cortar redes y comunicaciones sin control judicial por motivos de &#8220;orden público&#8221;.</p>
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<p>Como gesto hacia su potencial socio en el futuro gobierno de coalición, Unidas Podemos y En Comú Podem viró del &#8220;no&#8221; a la abstención a cambio del compromiso del PSOE de incluir en la norma garantías de protección de los derechos fundamentales. La decisión gener ó desconcierto. A primera vista, sin duda lo más congruente con la oposición a la norma era el voto negativo. A pesar de ello, hacer política debe implicar gestión de la complejidad y resolución no siempre fácil de dilemas políticos. En este caso, ¿cuál era el dilema?</p>
<p>El decreto iba a ser aprobado sí o sí, al margen del sentido de nuestro voto, ya que contaba con los apoyos necesarios para salir adelante. Ante dicho escenario teníamos dos opciones. Una, oponernos a su aprobación con lo cual igual hubiera sido aprobado sin ninguna modificación. Dos, arrancarle al PSOE una serie de concesiones. En el fondo, nos encontrábamos ante un dilema nada excepcional en política, y nada excepcional en la izquierda: la dicotomía entre la ética de la responsabilidad y la ética de la convicción.</p>
<p>En la práctica, la acción política debe ponderar lo que es posible y lo que es inevitable, hacerse cargo de la contingencia y de los problemas reales del mundo. En consecuencia, debe medirse más por los resultados, por la capacidad de modificar la realidad, que por los gestos o los discursos. Visto desde esta perspectiva, quedarnos en el &#8220;no&#8221; nos permitía salir reforzados moralmente y ser congruentes con nuestros principios. Sin embargo, perdíamos la posibilidad de enmendar los aspectos más antigarantistas del decreto. Con un voto en contra, el decreto hubiera salido adelante sin más y la consecuencia de ello sería peor para los derechos digitales de la ciudadanía. El dilema era claro. O un gesto de reafirmación de nuestras convicciones, moralmente más confortable pero más improductivo políticamente. O un gesto de responsabilidad, políticamente más eficaz pero más contradictorio.</p>
<p>Aspirar a transformar la realidad implica gobernar entornos de elevada complejidad que nos sitúan ante dilemas que no pueden resolverse desde esquemas rígidos y binarios. En esos contextos, hay que evitar el riesgo de caer en un voluntarismo épico pero impotente. Por eso, en política deben revisarse a menudo las expectativas y los efectos probables de las acciones. Con esa intención, decidimos priorizar la acción bajo las máximas de la ética de la responsabilidad. Lo que en apariencia podía parecer una opción menos comprensible, en realidad era una maniobra eficaz para garantizar precisamente una visión garantista del derecho. La principal modificación que aceptó el PSOE era la inclusión del control judicial inmediato de cualquier acto administrativo que pueda afectar a los derechos y libertades fundamentales. Un cambio importante en el planteamiento de la norma digital que no podía hacerse jurídicamente en el trámite de convalidación del Decreto Ley pero sí en la tramitación de la futura ley.</p>
<p>Ahora bien, para que ese u otros compromisos políticos del PSOE no queden en papel mojado será esencial que no bajemos la guardia. No solo desde las instituciones. También desde la calle. Cambios de este calado exigen, sin duda, la presencia y movilización de una ciudadanía organizada. En última instancia, esa es una de las garantías democráticas fundamentales de que las promesas se conviertan en hechos. La otra: que quien gobierne aspire a ser valiente para ir tan lejos como se pueda sin dejar de ser honesto y decir la verdad cuando la correlación de fuerzas imponga sus límites. Ese es nuestro compromiso.</p>
</div>
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		<title>una bandera acorazada</title>
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		<pubDate>Sun, 25 May 2008 23:38:57 +0000</pubDate>
		<dc:creator>nohihadret</dc:creator>
				<category><![CDATA[Articles Público]]></category>
		<category><![CDATA[banderes]]></category>
		<category><![CDATA[llibertat d'expressió]]></category>
		<category><![CDATA[nacionalisme]]></category>

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		<description><![CDATA[La condena a prisión de 2 años y 7 meses de Francesc Argemí, el joven independentista que descolgó una bandera española en Terrassa, ha reabierto el debate sobre la protección de las instituciones y símbolos del Estado. Los valedores del severo correctivo, entre los que han despuntado algunos conspicuos dirigentes del Partido Popular, señalan que [&#8230;]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.nohihadret.cat/wp-content/uploads/2008/05/05-251.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-162" title="05-25" src="http://www.nohihadret.cat/wp-content/uploads/2008/05/05-251.jpg" alt="" width="300" height="300" /></a></p>
<p>La condena a prisión de 2 años y 7 meses de Francesc Argemí, el joven independentista que descolgó una bandera española en Terrassa, ha reabierto el debate sobre la protección de las instituciones y símbolos del Estado. Los valedores del severo correctivo, entre los que han despuntado algunos conspicuos dirigentes del Partido Popular, señalan que la protección reforzada de la bandera bicolor es necesaria para garantizar la convivencia y la unidad nacional. También sostienen que quienes la vituperan son “radicales” que no expresan ideas sino que incurren en actos de “incitación a la violencia”. Este tipo de juicios, sin embargo, oculta hechos y dobles raseros difíciles de soslayar.</p>
<p>El más patente es que la bandera española, al igual que la unidad del Estado, no se encuentran desprotegidas sino celosamente blindadas por el sistema político. En primer lugar, por lo que el británico Michael Billing ha llamado el “nacionalismo banal”. Este tipo de nacionalismo pocas veces es reconocido por quienes lo ejercen. No obstante, opera a través de mecanismos cotidianos como la presencia de los símbolos del Estado central en edificios oficiales, monedas, competiciones deportivas o sencillamente en el vocabulario asumido acríticamente por medios de comunicación, políticos y personajes públicos, entre otros. En segundo lugar, por el propio aparato coactivo estatal. Según la ley de banderas de 1981, tal insignia es signo de “unidad e integridad de la patria”. La preservación de estos valores es la finalidad que la Constitución española encomienda al Ejército en su artículo 8, un precepto sin parangón en el ámbito europeo que reproduce casi sin modificaciones el artículo 38 de la Ley Orgánica del Estado franquista. También son éstos, en definitiva, los bienes jurídicos que salvaguarda el delito de ultraje a la bandera, colocado sintomáticamente junto al de “ofensas a España”.</p>
<p>En teoría las banderas autonómicas también gozan en la actualidad de protección jurídica. En la práctica, sin embargo, los únicos agravios perseguidos, presentados casi siempre como desordenes públicos, son los que atañen a la bandera española. Toda la jurisprudencia del delito hace alusión a ultrajes a la nación española o al sentimiento de su unidad indivisible. En cambio, los grupos de extrema derecha que mancillan símbolos catalanes o vascos, a menudo de forma disruptiva, rara vez suelen tener problemas con la justicia.</p>
<p>La asimetría es evidente y la propia ley la refuerza. En 2002, el Partido Popular impulsó un pacto con el PSOE que asegurara la presencia en la Plaza Colón de Madrid de una enseña española de casi trescientos metros cuadrados en un mástil de cincuenta metros de altura. El propósito era que el ejército la izara, entre otros actos, durante el onomástico de Juan Carlos I y el día de la Hispanidad, hasta hace poco conocido como Día de la Raza. De esa manera, se intentaba reflejar el “lugar preferente y de honor” que la ley de 1981 reserva a la española respecto con cualquier otra autonómica.</p>
<p>Los intentos de minimización de los símbolos autonómicos se extienden igualmente a otros de importante carga político-histórica, como los republicanos. El republicanismo, como el independentismo, son idearios políticos considerados legítimos por el propio sistema constitucional español. A pesar de ello, el Ministerio Fiscal solicitó recientemente una severa pena de prisión para el activista madrileño Jaume d’Urgell, quien, en un acto simbólico de “restitución democrática”, sustituyó en un edificio público la bandera rojigualda por una tricolor. Hace poco, también, la Guardia Civil irrumpió en un local de Izquierda Unida en Medina Sidonia, Cádiz, para incautar una bandera republicana por su supuesta “inconstitucionalidad”. Todo esto mientras la bandera franquista –la del escudo con águila de San Juan incluida– ondea sin mayores molestias en manifestaciones de la Iglesia o de la derecha política, así como en la fachada de locales regentados por nostálgicos de la dictadura.</p>
<p>En un contexto así, presentar las críticas a lo que la bandera española simboliza como gratuitos desahogos fanáticos que quebrantan gravemente la paz pública resulta un reduccionismo pueril. Más bien, suelen ser la reacción al uso prepotente y no pocas veces intemperante de un emblema que, aunque remozado, sigue representando para muchos una herencia del régimen franquista. La utilización de la bandera como arma arrojadiza por parte de la derecha más recalcitrante no hace sino confirmar esta percepción. Basta con recordar la ostentación patriotera del peñón de Perejil o las arengas inflamadas de Mariano Rajoy, cuando pedía “sin aspavientos, pero con orgullo” sacar a las calles las rojigualdas para “celebrar” el 12 de octubre.</p>
<p>En 1989, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, en el caso Johnson versus Texas, consideró que la quema de la bandera por razones políticas debía entenderse como un ejercicio simbólico de libertad de expresión y no como un acto de instigación a la violencia. Hasta el muy conservador juez Antoni Scalia suscribió el fallo, motivado con un argumento decisivo: las invectivas contra la bandera, incluida su quema, deben admitirse precisamente porque la enseña norteamericana pretende, ante todo, ser un símbolo de libertad. Cuando se coteja esta realidad con la española, los interrogantes son ineludibles: ¿qué simboliza una bandera que necesita armarse con una coraza institucional y penal tan desmesurada? ¿Qué vuelve tan grave, como cantaba Brassens, el pecado de no “seguir al abanderado”?</p>
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		<title>El blindaje penal de la bandera española: notas sobre un despropósito</title>
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		<pubDate>Sun, 18 May 2008 22:38:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator>nohihadret</dc:creator>
				<category><![CDATA[Articles a Sin Permiso]]></category>
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		<description><![CDATA[Con la polémica sobre injurias a la corona todavía viva, la condena a 31 meses de prisión a Francesc Argemí, el joven independentista catalán que descolgó una bandera española en Terrassa, ha reabierto el debate sobre la protección de las instituciones y símbolos del Estado. Los defensores de la sanción a ‘Franki’, entre los que [&#8230;]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Con la polémica sobre injurias a la corona todavía viva, la condena a 31 meses de prisión a Francesc Argemí, el joven independentista catalán que descolgó una bandera española en Terrassa, ha reabierto el debate sobre la protección de las instituciones y símbolos del Estado. Los defensores de la sanción a ‘Franki’, entre los que han despuntado algunos conspicuos dirigentes del Partido Popular, señalan que la protección reforzada de la bandera española es necesaria para garantizar la convivencia y la unidad nacional. También sostienen que quienes atentan contra ella son “radicales” que no expresan ideas sino que incurren en actos de “incitación a la violencia”. Este tipo de juicios, sin embargo, oculta hechos e incurre en dobles raseros difíciles de soslayar.</p>
<p>El más evidente es que la bandera española, al igual que la unidad del Estado, no se encuentran desprotegidas sino celosamente blindadas por el sistema político. En primer lugar, por lo que el británico Michael Billing ha llamado el “nacionalismo banal”. Este tipo de nacionalismo pocas veces es admitido por quienes lo ejercen. No obstante, opera a través de mecanismos cotidianos como la presencia de los símbolos del Estado en edificios oficiales, monedas, competiciones deportivas o sencillamente en el vocabulario asumido acríticamente por medios de comunicación, políticos y personajes públicos, entre otros. En segundo lugar, por el propio aparato coactivo estatal. Según la ley de banderas de 1981, la insignia española es signo de “unidad e integridad de la patria”. La preservación de estos valores es la finalidad que la Constitución española encomienda al ejército en su artículo 8, un precepto sin parangón en el ámbito europeo que reproduce casi sin modificaciones el artículo 38 de la Ley Orgánica del Estado franquista. También son éstos los bienes jurídicos que protege el delito de ultraje a la bandera. No por casualidad, este tipo penal se encuentra sintomáticamente situado junto al de “ofensas a España”, y sus orígenes pueden rastrearse en la Ley de seguridad del Estado franquista, de 1941. Esta normativa fue profusamente utilizada para perseguir los llamados actos de <em>traición espiritual</em> a la Nación española, como las proclamas de “vivas” o “mueras”; las primeras, generalmente, referidas a Euskadi, Cataluña o Galicia, y las segundas, a España.</p>
<p>En teoría, también las banderas autonómicas gozan, en la actualidad, de protección jurídica. En la práctica, no obstante, los únicos agravios perseguidos, presentados como desórdenes públicos y sancionados de manera ejemplar, son los relacionadas con la bandera bicolor. Toda la jurisprudencia del delito hace referencia a ultrajes a la nación española o al sentimiento de su unidad indivisible. En cambio, los grupos de extrema derecha que ultrajan símbolos catalanes o vascos, a menudo de forma disruptiva, rara vez suelen tener problemas con la justicia.</p>
<p>La asimetría es evidente y la propia ley da pie a que se produzca. En 2002, el Partido Popular impulsó un pacto con el PSOE que asegurara la presencia en la Plaza Colón de Madrid de una bandera española de casi trescientos metros cuadrados en un mástil de cincuenta metros de altura. El objetivo era que el ejército la izara, entre otros actos, durante el onomástico de Juan Carlos I y el día de la Hispanidad, hasta hace poco conocido como Día de la Raza. De esa manera, se intentaba reflejar el “lugar preferente y de honor” que la ley de 1981 reserva a la bandera española en relación con cualquier otra autonómica, que nunca “podrán tener mayor tamaño” (artículo 6).</p>
<p>Los intentos de minimización de los símbolos autonómicos se extienden igualmente a otros con importante carga histórica, como los republicanos. El republicanismo, como el independentismo, son idearios políticos considerados legítimos por el propio sistema constitucional español. A pesar de ello, el Ministerio Fiscal solicitó recientemente una severa pena de prisión para el activista madrileño Jaume d’Urgell, quien, en un acto simbólico de “restitución democrática”, sustituyó en un edificio público la bandera rojigualda por una tricolor. Hace poco, también, la Guardia Civil irrumpió en un local de Izquierda Unida en Medina Sidonia, Cádiz, para incautar una bandera republicana por su supuesta “inconstitucionalidad”. Todo esto mientras la bandera franquista –la que lleva el escudo con el águila de San Juan incluida- ondea sin mayores molestias en manifestaciones de la Iglesia o de la derecha política, así como en la fachada de locales regentados por nostálgicos de la dictadura.</p>
<p>En un contexto así, presentar la críticas a lo que la bandera española representa como gratuitas manifestaciones radicales que incitan a la violencia resulta un reduccionismo pueril. Más bien, dichas críticas son la reacción al uso prepotente y no pocas veces violento de un símbolo que, aunque remozado, sigue representando para muchos una herencia del régimen franquista. La utilización de la bandera como arma arrojadiza por parte de la derecha más recalcitrante no hace sino confirmar esta percepción. Basta con la esperpéntica exhibición del peñón de Perejil o recordar las arengas patrioteras de Mariano Rajoy cuando pedía “sin aspavientos, pero con orgullo” sacar a las calles las banderas rojigualdas para “celebrar” el 12 de octubre.</p>
<p>En 1989, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos consideró, en el caso <em>Johnson v. Texas</em>, que la quema de la bandera por razones políticas debía entenderse como un ejercicio simbólico de libertad de expresión y no como un acto de incitación a la violencia. Hasta el muy conservador juez Antoni Scalia suscribió el fallo, que el juez William Brennan motivó con un argumento decisivo: las críticas a la bandera, incluida su quema, debían admitirse precisamente porque la bandera de los Estados Unidos pretende, ante todo, ser un símbolo de libertad. Desde entonces, los sectores conservadores han intentado de manera infructuosa impulsar una reforma constitucional de la Primera Enmienda que desactivara este precedente. Cuando se coteja esta realidad con la española, los interrogantes son inevitables: ¿qué simboliza una bandera que necesita dotarse de una coraza institucional y penal tan desmesurada? ¿Qué torna tan grave, como cantaba George Brassens, el pecado de no “seguir al abanderado”?</p>
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		<title>Salud democrática y libertad de crítica en el Reino de España: algo más que un simple “resfriado”</title>
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		<pubDate>Thu, 11 Oct 2007 22:54:36 +0000</pubDate>
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				<category><![CDATA[Articles a Sin Permiso]]></category>
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		<description><![CDATA[Una de las virtudes de la crítica que &#8220;quema&#8221;, es decir, aquella que excede los límites de lo considerado &#8220;tolerable&#8221; e &#8220;inofensivo&#8221; por los poderes públicos y privados dominantes, es que pone a prueba la salud democrática de un régimen político. Si esto es así, a pesar de las tranquilizadoras palabras del presidente del Gobierno [&#8230;]]]></description>
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<td><span style="color: #333333;">Una de las virtudes de la crítica que &#8220;quema&#8221;, es decir, aquella que excede los límites de lo considerado &#8220;tolerable&#8221; e &#8220;inofensivo&#8221; por los poderes públicos y privados dominantes, es que pone a prueba la salud democrática de un régimen político. Si esto es así, a pesar de las tranquilizadoras palabras del presidente del Gobierno en los fastos castrenses dedicados al &#8220;Día de la Hispanidad&#8221;, existen razones de peso para pensar que la española es una democracia aquejada por algo más que un inocente &#8220;resfriado&#8221;.</span><span style="color: #333333;">El primer síntoma patológico fue sin duda la desmedida reacción penal ante la sátira de &#8220;El Jueves&#8221; sobre la familia real. El secuestro de la revista fue la escenificación de un esperpéntico retroceso a los años de la transición. A los tiempos sombríos del Papus y de la censura. Esta vez, sin embargo, al conocerse la noticia de la requisa, los ejemplares de la revista volaron de los quioscos. Miles de internautas colgaron en la Red la viñeta de la discordia. En el mundo de la comunicación global, el secuestro contribuyó a lo contrario de lo que pretendía: dar publicidad a la burla y asegurar su reproducción.</span></p>
<p><span style="color: #333333;">Pero el efecto contagio no se detuvo allí. De los periódicos y la Red, la protesta pasó a la calle. Sobre todo en Catalunya, pero también en otros lugares, tuvieron lugar diferentes manifestaciones anti-monárquicas en las que se quemaron fotos del Rey. En ese punto, la impugnación pasó a exceder la opinión sobre el peor o mejor gusto de unas caricaturas: ¿hasta dónde podría llegar, en un sistema que se pretende democrático, la crítica a las instituciones y símbolos públicos?</span></p>
<p><span style="color: #333333;">Los partidarios de la actuación penal contra los humoristas, integrados por no pocos intelectuales y juristas allegados al PSOE, invocaron la &#8220;dignidad&#8221; de los miembros de la familia real y recordaron que la libertad de expresión no incluye el derecho al insulto. No obstante, omitieron apuntar que un régimen que se pretende democrático no puede tratar por igual un &#8220;insulto&#8221; o ataque al &#8220;honor&#8221; a los miembros de una institución pública que a un ciudadano de a pie. Sobre todo si esa institución, como ocurre con la Monarquía española, goza de privilegios de todo punto inaceptables a la luz de los principios que informan el Estado de Derecho y carece prácticamente de responsabilidad política y jurídica.</span></p>
<p><span style="color: #333333;">El celoso blindaje institucional y la opacidad que rodean la actuación de la Monarquía española explican, naturalmente, la persistencia de la crítica republicana. No es ocioso recordar que en Catalunya, origen de las protestas callejeras, las manifestaciones anti-borbónicas no son una invención de jovencitos exaltados. Se remontan al menos a la resistencia contra Felipe V, en 1714. Ya en 1868, de hecho, durante la llamada &#8220;revolución gloriosa&#8221;, liberales y republicanos arrojaron desde el balcón del Ayuntamiento de Barcelona retratos rotos de la reina Isabel II.</span></p>
<p><span style="color: #333333;">Este tipo de manifestaciones han perdurado con mayor o menor intensidad hasta nuestros días y deberían considerarse, más que ofensas al orden público, un ejercicio de libertad ideológica en el marco de un régimen que asegura respetar el pluralismo político y que, al admitir la reforma total de su Constitución, no considera &#8220;intocables&#8221; ninguna de las instituciones que consagra.</span></p>
<p><span style="color: #333333;">Sin embargo, nada de eso ha ocurrido en la &#8220;resfriada&#8221; democracia española. Salvo las aisladas voces institucionales que, fundamentalmente desde Catalunya y Euskadi, han reclamado la despenalización de las críticas a la Monarquía, los partidos estatales mayoritarios han cerrado filas en torno a la defensa del rey, entonando por enésima vez  las loas oficiales al papel &#8220;moderador&#8221; y &#8220;unificador&#8221; desempeñado por la Corona. La exhibición del flamante Consejo de Defensa, presidido por el Rey y por el Príncipe de Asturias, fue la prueba de que, puestos contra la pared, incluso los más reputados &#8220;republicanos juancarlistas&#8221; estarían dispuestos a oficiar de &#8220;juancarlistas anti-republicanos&#8221;.</span></p>
<p><span style="color: #333333;">Que la mitificación de la Monarquía o de la &#8220;unidad de España&#8221; se han convertido en enfermedades graves de las democracia española y en un claro obstáculo a la libre discusión pública queda probado por la reacción que suscita cualquier planteamiento que pretenda cuestionar la actual configuración territorial del Estado.</span></p>
<p><span style="color: #333333;">Así, tras la atormentada andadura del Estatuto catalán, que ha dejado en evidencia, tanto el encastillamiento reaccionario de la derecha, como los límites de las convicciones federalistas y pluralistas del Gobierno socialista, parece haber llegado el turno de Euskadi. La recientes actuaciones de ETA constituyen sin duda una lamentable exhibición de elitismo político y de desprecio por la vida.  No obstante, la orden de prisión del Juez Baltasar Garzón contra 17 miembros de Batasuna traduce una preocupante predisposición institucional dirigida a erradicar, si es necesario a costa del garantismo penal y constitucional, cualquier ideario que reivindique la actualización del derecho democrático a la autodeterminación.Más allá de su evidente oportunismo, en efecto, el auto de Garzón no constituye un episodio aislado. Se enmarca en una estrategia más global que amalgama la criminalización de objetivos políticamente legítimos con la de medios penalmente proscritos. Esta estrategia, consentida por los diferentes poderes del Estado, ha amparado actuaciones legales –como la Ley de Partidos del 2002– y judiciales –como el ominoso macrosumario 18/98– que revolverían en su tumba incluso a liberales lúcidos como John Stuart Mill o el Marqués de Beccaria.</span></p>
<p><span style="color: #333333;">Sin embargo, en el caso español, la mayoría de juristas e intelectuales &#8220;respetables&#8221; ha permanecido en silencio o ha aplaudido este tipo de actuaciones. En nombre de &#8220;lucha contra el terrorismo&#8221;, se ha aceptado sin escándalo que la resistencia a &#8220;condenar&#8221; un acto en los términos exigidos por los partidarios mayoritarios, permita la ilegalización de formaciones políticas con significativa implantación social y cuyos estatutos han sido admitidos por el Ministerio del Interior. La discrepancia en las formas, más que como un ejercicio legítimo de libertad ideológica y de expresión, es invariablemente reputada como apoyo al terrorismo. </span></p>
<p><span style="color: #333333;">De manera similar, con el pretexto de que &#8220;todo es ETA&#8221;, se ha consentido la constante extralimitación en las funciones propias de un Juez de Instrucción, la aplicación de medidas cautelares desproporcionadas, que constituyen verdaderas penas anticipadas –prisión preventiva, suspensión/clausura de entidades y periódicos, embargos/intervenciones sobre el patrimonio– y la implantación, en definitiva, de un &#8220;Derecho penal del enemigo&#8221; en el que no rige siquiera el principio de responsabilidad personal. Cuando el juez Garzón sostiene en su reciente auto que el independentismo y la autodeterminación son &#8220;fines violentos&#8221;, no está incurriendo en ningún lapsus. Se trata de una convicción, compartida por desgracia por un amplio espectro de la clase política, que atenaza la libertad ideológica y el pluralismo político en el Reino de España.</span></p>
<p><span style="color: #333333;">En ese contexto, tampoco extraña, que el simple anuncio del lehendakari Juan José Ibarretxe de celebrar una consulta –pacífica– que permitiera a la ciudadanía vasca decidir su encaje el resto del Estado, haya concitado de inmediato los fantasmas nacional-españolistas del último gobierno de José María Aznar. Aunque el Gobierno socialista no amenazó –todavía– con reintroducir la sanción penal para este tipo de convocatorias, se apresuró a aclarar que las impediría &#8220;enérgicamente&#8221; por tratarse de una &#8220;extravagancia ilegal e inconstitucional&#8221;.</span></p>
<p><span style="color: #333333;">Lo cierto es que, más allá del talante democrático que estas expresiones reflejan, el uso de la legalidad como arma arrojadiza contra el ejercicio de libertades políticos también resulta discutible en este caso. La Constitución española y la Ley Orgánica de Referéndum, ciertamente centralistas en este punto, disponen que corresponderá al Estado central autorizar este tipo de consultas. Pero no dicen en ningún momento que las Comunidades Autónomas no puedan impulsarlas. Situados en un terreno estrictamente jurídico, por tanto, la ilegalidad tendría lugar en caso de que el Gobierno estatal no autorice, formalmente, una convocatoria formalmente impulsada. Pero no antes. Es más, si el Gobierno se negara a autorizar una consulta que, guste o no, cuenta con el apoyo de un 60% del Parlamento vasco, ¿a quién debería endilgarse la responsabilidad por la actuación inconstitucional? ¿a quién la inobservancia del principio democrático? </span></p>
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<p><span style="color: #333333;">Se equivoca el presidente del Gobierno: son más graves que un resfriado los males que aquejan al sistema político español. En su detección y cura se juega la salud no sólo de los anti-monárquicos, de los nacionalistas periféricos o de los independentistas, sino la de todos los que creen en la profundización democrática de la sociedad. Por eso, conviene no perder de vista la advertencia humanista e ilustrada lanzada hace tiempo por Thomas Paine: &#8220;la avidez punitiva es siempre peligrosa para la libertad&#8221;, pues lleva a &#8220;constreñir, malinterpretar y aplicar con desacierto hasta la mejor ley&#8221;. En consecuencia, &#8220;quien quiera asegurar su libertad, que proteja contra la opresión incluso a su enemigo, pues si infringe esa obligación, sienta un precedente que le alcanzará también a él&#8221;. </span></td>
</tr>
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