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	<title>No hi ha dret(s) &#187; tortura</title>
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		<title>La posverdad de Garzón</title>
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		<pubDate>Sun, 06 Aug 2017 10:44:35 +0000</pubDate>
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				<category><![CDATA[Articles a Eldiario.es]]></category>
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				<content:encoded><![CDATA[<div>Con motivo de la conmemoración del vigésimo quinto aniversario de los Juegos Olímpicos de Barcelona se ha abierto un debate sobre el significado y alcance de aquel momento histórico. La efeméride también ha servido para revisitar uno de los episodios más oscuros de aquellos años, la llamada Operación Garzón. Coincidiendo con la cita deportiva, fueron detenidas o imputadas más de sesenta personas acusados de algún tipo de vinculo con Terra Lliure. Entre ellas, un alcalde, periodistas y miembros de organizaciones políticas como el MDT (ahora en la CUP), el Partido Comunista de Catalunya (PCC) o la propia ERC. También se hicieron registros como el de la revista El Temps. Los hechos provocaron <a href="https://elpais.com/diario/1992/07/13/espana/710978402_850215.html"> actos de protesta</a> y numerosas críticas. El entonces <a href="https://elpais.com/diario/1992/07/11/espana/710805616_850215.html"> presidente Pujol</a> o el <a href="https://elpais.com/diario/1992/08/20/espana/714261606_850215.html"> obispo de Girona</a> cuestionaron la redada dirigida por Luis Roldan. También <a href="https://elpais.com/diario/1992/07/13/ultima/710978402_850215.html"> Vazquez Montalban</a> la calificó de globo que iba a deshincharse. Tras el juicio, en efecto, la mayoría de ellos quedaron absueltos de unos cargos por los que fueron arrestados, incomunicados y encarcelados. Casi una veintena de los detenidos habían denunciado haber sido víctimas de torturas. Una vez sus denuncias fueron archivadas, iniciaron un largo periplo judicial de doce años para exigir justicia. Llegaron, finalmente, hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que resolvió favorablemente sus reclamaciones en el 2004. La falta de investigación de los hechos –<a href="http://www.lavanguardia.com/politica/20041102/51262800221/el-tribunal-de-estrasburgo-condena-a-espana-por-no-investigar-una-denuncia-de-torturas-a-independent.html"> dictaminó</a>– vulneraba la Convención europea de derechos humanos. Se imponía, así, una de las primeras condenas a un estado europeo en esa materia. No sería el único toque de atención. Un año después, por ejemplo, el Comité de la ONU para la Prevención de la Tortura (CPT) estimó la queja de dos arrestados – que tuvieron a Garzón como juez de guardia– sobre la falta de investigación de otras denuncias. El TEDH, de hecho, ha dictado hasta ocho condenas por el mismo motivo desde el año 2010 contra un estado que ha continuado haciendo oídos sordos. En julio pasado, veinticinco años más tarde de la Operación Garzón, el Pleno del consistorio barcelonés aprobó una <a href="http://www.vilaweb.cat/noticies/lajuntament-de-barcelona-condemna-lactuacio-de-garzon-en-loperacio-contra-militants-independentistes-lany-1992/"> propuesta </a>de la CUP sobre el asunto. El propósito de la iniciativa era reparar simbólicamente el daño causado a los afectados por la actuación ordenada por el ex–magistrado, ahora abogado. El texto logró salir adelante con los apoyos de Pdcat (ex CIU), CUP, ERC, BCNenComú y del concejal Gerard Ardanuy. La versión definitiva de la propuesta, tras la aceptación de una de las enmiendas de los comunes, excluyó la previsión de declarar a Garzón<em> persona non grata</em> en la capital catalana. La enmienda consideraba que una medida de esas características, nunca utilizada, era demasiado drástica, de dudosa legalidad y podía afectar a los derechos de quien la padecía.<br />
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<p>Con posterioridad al acuerdo municipal, el ex–magistrado terció en la polémica con <a href="http://www.lavanguardia.com/politica/20170731/43240284553/posverdad-cup-terra-lliure-baltasar-garzon.html"> la publicación de un artículo en La Vanguardia</a>. En él, expresaba su sorpresa por el <a href="http://www.ara.cat/politica/CUP-Garzon-Parlament-independentistes-investigar_0_1834616619.html"> desplante de la CUP</a> en una intervención suya en el Parlament. Su actuación –entendía– había sido &#8220;impecable&#8221; y la condena de Estrasburgo no cuestionaba su intervención. Argüía cuatro argumentos. Uno, que los detenidos fueron examinados por el forense. Dos, que las torturas denunciadas fueron incluidas en las actas de declaración. Tres, que el juez competente para investigarlas era otro. Y cuarto, que en aquella época sus compañeros de la Audiencia Nacional eran menos diligentes que él. Garzón cuenta, en su descargo, varias verdades sobre lo sucedido en el 92. No cuenta, sin embargo, toda la verdad. Su alegato elude varios hechos relevantes. En primer lugar, que él mismo negó con rotundidad la existencia de esas mismas denuncias en un <a href="http://www.foroporlamemoria.info/2013/04/documentos-ineditos-demuestran-que-garzon-conocia-las-torturas-a-independentistas-de-1992/"> programa de Salvados</a> <a href="http://www.atresplayer.com/television/noticias/lasexta-noticias/"> emitido </a>en el 2012 cuando, a preguntas del periodista Jordi Évole, contestó: &#8220;De las personas que comparecieron ante mí, ni una sola, ni una sola, denunció torturas&#8221;. En segundo lugar, omitió mencionar su falta de interés por los detalles de lo sucedido en el interrogatorio de los detenidos. Lo recordaba, de nuevo, Vazquez Montalban en un <a href="https://elpais.com/diario/1995/03/06/ultima/794444402_850215.html"> artículo </a>rememorado por el ex diputado David Fernández. El escritor mostraba su desazón con la indiferencia de jueces que, como Garzón, pocas veces se inmutaban cuando escuchaban relatos escalofriantes de torturas. En tercer lugar, nada decía tampoco sobre el encarcelamiento de quienes fueron luego hallados inocentes. O sobre la prolongada incomunicación de cinco días que se les impuso. Esa decisión era aplicada de forma rutinaria por todos los magistrados de la Audiencia Nacional. Pero no deja de ser sorprendente que también la asumiera justamente quien pretende erigirse como paladín de los derechos humanos. Organismos internacionales, como el propio CPT, llevan años criticando su aplicación y exigiendo su supresión del ordenamiento. La detención incomunicada representa una drástica restricción de derechos y es caldo de cultivo de abusos que normalmente quedan impunes. Se aísla al sospechoso durante un tiempo superior al ordinario, se le somete a largos interrogatorios sin presencia de su abogado y se le niega el derecho a ser visitado por un médico de su elección. Tampoco se graba su estancia en los calabozos. En esas circunstancias, no resulta extraño que aumenten las suspicacias. Y que, en la mayoría de ocasiones, las denuncias se archiven ante la dificultad de probar hechos que se consuman en secreto. Quienes sufren ese suplicio, ven a menudo quebrada su voluntad y modifican sus palabras a medida que transcurre el tiempo. No es extraño que, al final, acaben auto–inculpándose o declarando que se han auto–lesionado, a pesar de haber asegurado lo contrario al inicio. Es por todo ello que un juez debe extremar las precauciones y supervisar con meticulosidad la situación de quienes están incomunicados bajo su custodia. Debe proceder también con contundencia al mínimo indicio de irregularidad. Visto desde esa perspectiva, el ex juez fue más displicente que diligente. No acordó, por ejemplo, ninguna medida para evitar situaciones de riesgo ni dedujo testimonio de particulares de los hechos para remitirlo al juez competente. Tampoco ordenó un examen médico lo suficientemente exhaustivo –físico pero también psicológico– para averiguar si éstos eran ciertos. Los estándares internacionales, como los del <a href="https://codigodh.org/2014/10/20/que-es-el-protocolo-de-estambul/"> Protocolo de Estambul</a>, lo exigen. No es suficiente con una pregunta genérica sobre el estado del arrestado. Con todo, lleva razón Garzón cuando se compara con sus otros cinco compañeros y apunta a un fallo generalizado en la Audiencia Nacional. Es llamativo que reconozca que allí no se recogían las manifestaciones sobre maltratos de los detenidos. Sus colegas –señala– miraban a otro lado. Con pocos escrúpulos, es cierto, se había naturalizado la aplicación de practicas de excepción en clave de &#8220;derecho penal del enemigo&#8221;. Dos años después del varapalo de Estrasburgo, de hecho, fue él quien intentó crear e implantar un manual anti–tortura en el que se grabara todo el período de la incomunicación. Esa medida y la implantación de videocámaras en las comisarías eran una exigencia del Consejo de Europa. El Ejecutivo español, sin embargo, se negó rápidamente a poner los medios para implementar tanto una como otra. Y el Consejo del Poder Judicial se <a href="http://www.elplural.com/sociedad/2016/12/05/el-consejo-general-del-poder-judicial-no-quiere-que-los-jueces-se-formen-contra"> niega</a>, todavía hoy, a formar a los jueces en esta materia. Los Mossos y la Ertzaintza, en cambio, instalaron esos artilugios en sus dependencias y las denuncias sobre malos tratos disminuyeron súbitamente. Garzón fue, en todo caso, un juez hiperactivo que destacó por encima del resto. Su arrojo explica que estuviera tras causas incómodas que otros no hubieran vacilado en cerrar. En su currículo están, por ejemplo, la investigación de la Gürtel o la Operación Pretoria, de los responsables del GAL, el franquismo, o las dictaduras de Chile y Argentina. Ese tipo de actuaciones, a la vez de granjearle numerosos adversarios, sirvieron para construir el &#8220;mito Garzón&#8221;. Las muestras de apoyo hacia su labor judicial, en efecto, le han llegado de todo tipo de colectivos de defensa los derechos humanos, contra la corrupción o la impunidad del franquismo y los crímenes de lesa humanidad. También del mundo cultural o político cercano a IU. Lo cierto es que tras la fachada de su imagen elegíaca se esconden no pocas sombras que se combinan con esos aciertos. Con el encarcelamiento de centenares de personas posteriormente declaradas inocentes, él contribuyó como pocos a la erosión del principio de presunción de inocencia. No es ningún secreto tampoco su empleo abusivo de métodos excepcionales de indagación, de extensos secretos sumariales y de resoluciones inquisitoriales contra supuestos &#8220;extremistas&#8221; a partir de apriorismos, analogías o teorías excéntricas. Una de ellas fue la que le llevó a acusar a Batasuna de &#8220;genocidio&#8221; y &#8220;limpieza étnica&#8221; sobre la población no nacionalista, valiéndose de estrambóticas estadísticas de población y asimilando su proyecto político al del Partido Nacionalsocialista Alemán. En el contexto de la lucha contra el llamado &#8220;entorno de ETA&#8221;, fue precisamente cuando acabó consolidando su perfil de juez incansable pero poco riguroso y garantista. El propio calvario atravesado por los periodistas de Egunkaria o Ekin no podría entenderse sin una serie de prejuicios judiciales que él mismo alimentó en sumarios como el 18/98 y que luego, por otras razones, se volvieron en su contra. Muchas de estas actuaciones le valieron el reconocimiento de quienes querían librarse de ciertos enemigos a costa de cualquier precio. El garantismo era, para ellos, un lujo innecesario. El Gobierno Aznar, de hecho, llegó a otorgarle el máximo galardón al Mérito Policial con pensión incluida. Sin embargo, no encontraron el mismo eco favorable entre muchos de sus compañeros de carrera, que ya entonces comenzaron a verle con suspicacia. La propia Audiencia Nacional y el Supremo le desautorizaron en reiteradas ocasiones. Como por ejemplo, en el cierre cautelar de un periódico vasco, en ciertas aplicaciones extensivas del concepto de terrorismo, en el uso de autoinculpaciones arrancadas a la fuerza en Guantánamo o en escuchas telefónicas que empañaron laboriosas investigaciones en materia de narcotráfico. También los jueces de Estraburgo le censuraron cuando, en el 2010, apreciaron que no había &#8220;respondido a la exigencia de imparcialidad&#8221;. Eso sucedió en la investigación contra su ex–compañero de Gobierno, Rafael Vera, tras su paso por la política. Estos antecedentes contribuyen a explicar por qué una parte no desdeñable de jueces no vieron con malos ojos la actuación contra él. O, al menos, mantuvieron un conspicuo silencio cuando la cúspide judicial le puso en el punto de mira. Incluso explica que no falten quienes, apoyando su valiente actuación en materia de memoria histórica o contra la trama Gürtel, consideraban una contrariedad que estos casos cayeran en sus manos. Lo cierto, en todo caso, es que la impulsiva forma de actuar de Garzón ha respondido a una especie de voracidad justiciera en el que los aciertos y torpezas se han alternado de manera caprichosa. Así, por cada actuación dirigida a quebrar el cerco de impunidad de poderosos de distinta laya, es posible señalar otra de signo opuesto. Otorgar a todos estos elementos su peso justo no es sencillo. Silenciar los ataques furibundos que recibió Garzón de quienes vieron amenazado su entramado de poder parece un error. Como también lo parece pretender vilipendiar, con manifestaciones de venganza, a quien ya ha sido apeado del poder y de la carrera judicial. Sin embargo, querer colocar en un segundo plano las numerosas actuaciones del ex juez, marcadas por la ligereza o arbitrariedad jurídica, seria otro desacierto. Es razonable, de hecho, que quienes las padecieron esperen un acto suyo de constricción o disculpa. Y más cuando Garzón pretende presentarse <em> urbi et orbi</em> como el gran defensor de los derechos humanos. Lo reclamaba el diputado de ERC, Joan Tardà, en el aludido programa de Salvados. Aceptar sin más la posverdad del &#8220;mito Garzón&#8221; sería, precisamente, un flaco favor al discurso de los derechos humanos. Éste, si quiere ser coherente y eficaz, ha de ser capaz de erradicar los dobles raseros y llamar a las cosas por su nombre. Esa fue la intención con la que, en mayor o menor fortuna, el Pleno consistorial barcelonés aprobó el acuerdo del pasado julio.</div>
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		<title>Torturas e independencia judicial</title>
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		<pubDate>Mon, 28 Nov 2011 18:10:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>nohihadret</dc:creator>
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<p>Hace una semana, el Tribunal Supremo absolvió a cuatro guardias civiles previamente condenados por torturar y lesionar a dos miembros de ETA, Igor Portu y Mattin Sarasola, responsables del atentado contra la terminal 4 del aeropuerto de Barajas. En parte, el hecho no es nuevo. Por regla general, los tribunales son reacios a aceptar denuncias de tortura. Mucho menos cuando éstas provienen de acusados de terrorismo. Lo singular de este caso, sin embargo, es que aquí sí había una condena judicial dictada por un tribunal vasco. Esta condena se basaba en el informe de forenses, fiscales y en las declaraciones de varios testigos. Para revocarla, el Supremo decide negar toda credibilidad a la información aportada por las víctimas, por ser quienes son. Con ello, lanza un mensaje inquietante: las denuncias de torturas realizadas por acusados de terrorismo sólo pueden ser una invención. Y si hay jueces y testigos que lo acrediten sólo puede explicarse por la presión, directa e indirecta, que el imaginario terrorista ejerce sobre ellos.</p>
<p>La Audiencia de Gipuzkoa había considerado probado que, tras su detención, Portu y Sarasola fueron insultados por los agentes, quienes además los amenazaron con matarles y golpearles en la cara y la cabeza. A Sarasola, en concreto, «le colocaron una pistola en la sien, le dijeron que le iban a hacer como a Mikel Zabalza, le empujaron, le tiraron cuesta abajo y, cuando estaba en el suelo, le endilgaron una serie de patadas en los costados y en las piernas, así como un elenco de puñetazos por todo el cuerpo, llegando a colocarle una bota del pie en la cabeza». A Portu, por su parte, le propinaron patadas en las extremidades inferiores, puñetazos en el vientre y otro golpe, de gran intensidad, a la altura de la parte inferior de la octava costilla. Además, en repetidas ocasiones, le introdujeron la cabeza en un río cercano y le hicieron tragar agua.</p>
<p>La sentencia también consideraba que el hecho de que Portu y Sarasola hubieran sido condenados por pertenecer a ETA y por haber cometido delitos graves de terrorismo no conllevaba privar de toda fiabilidad probatoria a sus declaraciones. Concretamente, afirmaba que no había quedado acreditado que «su relato sea una fábula o invención realizada con la única finalidad de deslegitimar a la Guardia Civil como institución y a los guardias civiles en concreto que han resultado denunciados».</p>
<p>Una de las primeras reacciones contra la sentencia provino de la Unión de Oficiales de la Guardia Civil. La asociación acusó a los jueces del País Vasco de desacreditar a la Policía, permitiendo que «los terroristas ganen otra batalla». Igualmente, reclamaron que este tipo de casos se juzgaran en tribunales centralizados, como la Audiencia Nacional, y no en «territorios donde los jueces y fiscales sufran presiones o puedan estar contaminados por el ambiente político, familiar o mediático».</p>
<p>La sentencia absolutoria del Tribunal Supremo se hace eco de buena parte de estos argumentos. En una mayoría de casos, las reticencias a reconocer la existencia de torturas suelen justificarse en el hecho de que éstas se producen durante el régimen de incomunicación. En esas circunstancias, resulta muy fácil vulnerar los derechos del detenido, pero también muy difícil probar dicha vulneración, sobre todo si se trata de maltratos psicológicos o que no dejan huellas físicas perdurables. Aquí, sin embargo, existían evidencias claras de que las torturas se habían practicado, y ni siquiera para obtener información, sino con un propósito claramente vindicativo.</p>
<p>Para desacreditar estas evidencias, el Tribunal Supremo decide valorar pruebas que no se han practicado en su presencia y asume competencias exclusivas del tribunal sentenciador. Sostiene que la Audiencia de Gipuzkoa no debería haber minusvalorado, como pide «el informe técnico de la Guardia Civil», la «estrategia de presentar denuncias falsas y la previa elaboración de `kantadas&#8217; se aprende en la llamada `eskola&#8217; y todo activista de ETA está obligado a poner en práctica». Partiendo, por el contrario, de este presupuesto, el Tribunal impugna las declaraciones de los testigos, todos ellos acusados de estar influidos de un modo u otro por el entorno terrorista. En el caso la auxiliar de enfermería, el razonamiento llega a ser especialmente conspirativo. Del hecho de que ésta llamara a los padres de Portu cuando este fue ingresado en la UCI con una costilla rota y lesiones en todo el cuerpo, el Supremo deduce que «tenía relación con ellos, ya que no es normal que una auxiliar de hospital actúe de ese modo ante el ingreso de cualquier persona». Esta lógica de la sospecha no se limita a los vecinos del lugar. Se extiende también a los propios forenses de Donostia, que según el Tribunal habrían dictaminado sobre malos tratos y agresiones «partiendo de un condicionado presupuesto, con todos los visos de falaz, esto es, de acuerdo con [la] particular versión de los hechos `kantada&#8217; [por los detenidos]».</p>
<p>Llamativamente, el núcleo de la argumentación del Tribunal gira en torno a la contaminación del criterio de los testigos, forenses y jueces de Gipuzkoa. Sin embargo, sus propios razonamientos fuerzan la evidencia probatoria para adecuarse a preconceptos reiteradamente difundidos por las asociaciones de la Guardia Civil y por algunos conspicuos representantes de las instituciones centrales. A poco de producirse el atentado, de hecho, el entonces ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, declaró que «los miembros de ETA aducen siempre que son torturados», y que este tipo de denuncias eran instrucciones que «están en el manual» de la banda terrorista. El ex ministro de Defensa, José Bono, fue más lejos todavía. Sostuvo que «si tiene que haber bajas, que no sean las nuestras» e hizo un llamamiento a todos los españoles para que «se pongan de parte de quien tienen que ponerse» y que «se imaginen que son padres de ese guardia civil o de esa guardia civil que tienen que detener a dos canallas».</p>
<p>La insistencia de la Guardia Civil en centralizar este tipo de actuaciones no es gratuita. Después de todo, el Tribunal Supremo, y sobre todo la Audiencia Nacional, han sido intérpretes privilegiados de una concepción de la lucha «antiterrorista», a menudo contemporizadora con los abusos policiales y reñida con principios garantistas elementales. La Audiencia Nacional, en rigor, ha ido acumulando, como heredera del Tribunal del Orden Público (TOP) franquista, competencias muy discutidas en el mundo judicial hasta consolidarse como un tribunal especializado en delitos de motivación política. Buena muestra de ello es el reciente proceso contra los activistas anti-TAV por un tartazo a la presidenta de Nafarroa, Yolanda Barcina, que se está investigando ya por las autoridades galas. O la controvertida decisión del juez Velasco al considerar de su incumbencia las increpaciones dirigidas por un grupo de indignados a miembros del Parlamento catalán como protesta por los recortes.</p>
<p>Es posible que los tribunales territoriales estén expuestos a la presión de intereses locales. Pero esta presión también existe, y a veces de manera más clara, fuera de este ámbito. Esto es especialmente constatable en causas vinculadas a la política antiterrorista y a ciertos delitos de cariz político, en los que los tribunales centralizados son muy permeables al inquisitorial ambiente político y mediático que se respira en la capital del Estado. La apertura de un horizonte de paz, sin ETA, debería ser una ocasión para pensar a fondo la democratización de la vida judicial, revisando el sentido de tribunales centralizados de dudosas credenciales garantistas y distribuyendo sus competencias a juzgados ordinarios. Esto no aportaría soluciones mágicas a todos los problemas de política criminal. Pero contribuiría a remover una de las causas de la impunidad hoy reinante en materias como la tortura o los abusos policiales. Y permitiría, de paso, discutir sobre bases menos maniqueas cuestiones como la independencia judicial y sus condicionantes.</p>
<div> Font: <a href="http://www.gara.net/paperezkoa/20111128/306352/es/Torturas-e-independencia-judicial">http://www.gara.net/paperezkoa/20111128/306352/es/Torturas-e-independencia-judicial</a></div>
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		<title>El “caso Lucián” y la banalización de la tortura</title>
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		<pubDate>Sun, 21 Dec 2008 22:34:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>nohihadret</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Que la tortura, sobre todo la que se comete desde el aparato institucional, es una de las  lacras más terribles que puede incubar una comunidad política, es algo que nadie se atrevería a negar públicamente ¿Cómo se explica entonces que la reciente condena de tres policías por abusar de un ciudadano rumano al que confundieron [&#8230;]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Que la tortura, sobre todo la que se comete desde el aparato institucional, es una de las  lacras más terribles que puede incubar una comunidad política, es algo que nadie se atrevería a negar públicamente ¿Cómo se explica entonces que la reciente condena de tres policías por abusar de un ciudadano rumano al que confundieron con un atracador haya generado un inusual cierre de filas entre la clase política catalana y algunos conspicuos formadores de opinión?</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Quizás no sea ocioso recordar que estamos hablando de un caso en el que, según la sentencia de la Audiencia Provincial, los funcionarios condenados cometieron hechos que resultarían aberrantes perpetrados por delincuentes ordinarios. Pusieron una pistola en la boca de la víctima, Lucián, entraron en su casa sin orden judicial, lo vejaron, golpearon y obligaron a confesar con frases como &#8220;reconócelo todo o te tiramos por el barranco&#8221;. Además, detuvieron y agredieron a su novia, embarazada de tres meses.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Pese al estremecedor relato de la sentencia, y a que la hipótesis acusatoria había sido defendida por otros fiscales y una jueza instructora, las respuestas institucionales han sido inquietantes. La Consejera de Justicia, Montserrat Tura, no sólo elogió públicamente a los condenados, alguno de ellos ascendido estando ella al frente de Interior, sino que solicitó del Tribunal Supremo la revisión de la sentencia. El ex presidente de la Generalitat, Jordi Pujol, cuestiono la gravedad de caso ya que la víctima no había sido hospitalizada. Tampoco faltaron los tertulianos de guardia que se enfurecieron porque se prestara más credibilidad al testimonio de las víctimas que al de los propios policías. Los partidos conservadores, finalmente, llegaron a pedir la dimisión del Consejero Joan Saura y éste se defendió asegurando que pondría a disposición de los afectados a &#8220;los mejores abogados&#8221;.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>¿A qué atribuir estas reacciones? ¿Cómo explicar que una Consejera de Justicia, en lugar de defender a los tribunales o de hacerse cargo del drama humano de las víctimas, ensalce la actuación policial? ¿Cómo calificar las declaraciones de un ex presidente de la Generalitat que ha padecido la cárcel y que parece ignorar que la tortura puede no dejar secuelas físicas y provocar, sin embargo, un tormento mayor al de un suplicio corporal? ¿Qué tipo de presiones puede llevar a un Consejero del Interior a anunciar para la policía un tipo de protección –&#8221;los mejores abogados&#8221;- que no reclamaría para los ciudadanos de a pie?</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Si estas reacciones se producen en un caso en el que las víctimas eran probadamente inocentes, causa zozobra pensar qué se hubiera dicho si se tratara de situaciones &#8220;menos claras&#8221;. Tal como ha denunciado Amnistía Internacional en su reciente informe titulado &#8220;Sal en la herida&#8221;, dar mayor crédito a la policía que a las víctimas u otros testigos es uno de los motivos principales de impunidad en la violencia institucional. Esto explica que la mayoría de denuncias de malos tratos policiales se enfrente a una auténtica carrera de obstáculos y a resistencias de todo tipo. Tan es así que sólo un 1 % de los casos llega finalmente a juicio, y si llega, suele terminar en absolución por la imposible identificación de los responsables. Así ocurrió, por ejemplo, cuando la Audiencia de Vizcaya, en  1998, o la de Girona, en 2004, reconocieran la violación a una mujer brasileña o las torturas a un joven marroquí, respectivamente, pero exculparon a los agentes, que se encubrieron entre ellos.  Es más, incluso si se producen condenas, resulta habitual que la impunidad se produzca por vía de un indulto gubernamental, tal como se puede comprobar en un rápido rastreo del BOE.</p>
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<p>En realidad, casos como el de Lucián parecen confirmar que cada acto de tortura encierra un &#8220;crimen de Estado&#8221; cuya negación comporta, en el fondo, un ejercicio de contemporización con la crueldad institucional, una suerte de &#8220;autoindulto&#8221; que el Estado se concede a sí mismo. Que en Cataluña y en el resto de la península ocurran este tipo de hechos ya no puede, desgraciadamente, sorprender a nadie. Después de todo, el español es el cuarto Estado del mundo con más condenas por violaciones del Pacto de derechos civiles y políticos y uno de los pocos condenados ante el Tribunal europeo de Derechos Humanos en el 2004 por falta de respuesta en un caso de torturas (causa Martínez Sala y otros <em>c</em>. España).</p>
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<p>Muchos de los que se indignan por la resolución del caso Lucián y piden defender la honorabilidad de la policía, deberían reflexionar sobre esta realidad. Sobre todo ahora que se cumplen 60 años de la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Si la apelación a este tipo de documentos es sincera, si de verdad se cree en la necesidad de erradicar todos los Guantánamos y los Abu Grahib del mundo, debería aceptarse, de una vez por todas, que unas instituciones que son capaces de investigar y condenar actos de tortura no son unas instituciones débiles o &#8220;buenistas&#8221;. Son, por el contrario, instituciones que pueden, con un mínimo de credibilidad, apelar al reconocimiento de sus propios ciudadanos. Lo otro, la banalización de la tortura, la justificación de la brutalidad policial y la entronización de la &#8220;razón de Estado&#8221;, sólo puede ser fuente de nuevos maltratos, además del camino más seguro al descrédito de los cuerpos de seguridad y de sus propios superiores.</p>
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